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Respuestas del foro creadas
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Hola Patri, si claro. El enlace que pasamos es para un consorcio que tenemos con otras dos universidades, la UAH y la USC. Pero la tuya, la URJC tiene sus propias becas, lo mejor es que preguntes en tu oficina de relaciones internacionales por esas becas, la convocatoria y las condiciones. Por experiencia, te digo que no es difícil que te la den, pero te van a pedir una empresa que localices. Si necesitaras ayuda en este sentido, desde YesEuropa tenemos un servicio de búsqueda de prácticas: https://www.dropbox.com/s/rfmbke6yh4len8j/pr%C3%A1cticas%20erasmus.pdf?dl=0
Si no, como alternativa incluso mejor dotada económicamente tienes la PICE o VIVEEUROPA, mira aquí: https://www.yeseuropa.org/practicas-erasmus/
si tienes más dudas pregúntanos!
un saludo
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Hola,
Tienes que preguntar en tu centro por la convocatoria que ellos tengan, ya que cada centro saca su convocatoria. No hay límite de edad para la Erasmus Prácticas.
un saludo
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Hola Álvaro
nos alegramos que te haya gustado el curso. Respecto al nuevo programa, no sabemos nada más que se aumenta el presupuesto y que no va a haber cambios sensibles. Si hubiera algún cambio, informaremos tanto en la info del curso como en la parte del blog. Seguramente hagamos un webinar, pero es pronto para poder darte más detalles.
Respecto al programa Erasmus para jóvenes emprendedores, es un programa separado de Erasmus. Va a continuar también pero desconocemos cómo va a quedar el programa, suponemos que no va a haber grandes cambios tampoco.
si tienes más dudas, pregúntanos!
un saludo
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Hola Lidia
Gracias por la consulta, puedes hacer con nosotros la Beca Erasmus ya que tenemos un consorcio con la UAH para prácticas: https://www.yeseuropa.org/becas-grado-superior-yesconsortium/
Pero ojo, tienes hasta 1 año desde que terminas el master para hacerlas, no sólo para solicitarlas, sino para completarlas. Estaremos encantados de ayudarte! En ese link rellena la ficha de solicitud y te buscaremos prácticas, te daremos la beca y te incluiremos sin coste para ti el seguro obligatorio.
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Buenas de nuevo!
En los vídeos vi que se hablablan de ratios por trabajo/día y vi que en españa podía considerarse 200 euros por día trabajado, si no entendí mal.¿Dónde podría mirar estas cifras? ¿Hay alguna página para que me pueda hacer una idea y hacer mis cálculos y realizar mi presupuesto? (Estamos de socios para un proyecto de Europa Creativa y nos lo están preguntando los socios…).
Saludos!
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Buenos días,Estás becas Erasmus están solo dirigidas a personas que viven o que son nativas de la comunidad de Madrid?Gracias y un saludo
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Hola Cristina,
Hace unos años había una ratio de persona/día/euros, pero ya no es válida. Puedes tomar como referencia esa cantidad que mencionamos en el vídeo. O bien adaptarla a la situación laboral y nivel y coste de la vida de cada país. Por ejemplo, teniendo en cuenta el salario mínimo de cada país: https://gdempresa.gesdocument.com/noticias/cual-es-el-salario-minimo-de-los-paises-europeos
un saludo
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Hola Juanjo
no, las únicas becas Erasmus que están limitadas son las de prácticas de YesConsortium que tenemos solo con la USC y la UAH: https://www.yeseuropa.org/practicas-erasmus/
El resto de becas, las puedes solicitar. Suerte!
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HOLA!
Me gustaría saber si es posible hacer el trabajo práctico del curso, en colaboración con otra persona que esté cursando.
Gracias!
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Buenos días,
En el tema de mecenazgo aparece que la mejor solución como fuente de financiación son los socios, para que se acaben convirtiendo en mecenas. En nuestra asociación lo que nos habíamos planteado era crear una nueva figura en los estatutos que fuera “socio colaborador” cuya función sería apoyar los fines de la asociación mediante el pago de una pequeña cuota anual, pero no podrían acceder a la Junta Directiva, ya que existiría otra figura de socio llamada “socio cooperante” que es el encargado de llevar a cabo todas las actividades de la asociación de manera directa (debido a que es un profesional), siendo los socios cooperantes los únicos con voto y los encargados de administrar la asociación y realizar las actividades. No sabemos si este planteamiento de crear una distinción entre por un lado, los socios que aportan dinero y por otro, los socios que administran la asociación y llevan a cabo las actividades es una buena opción para conseguir mecenas particulares (los socios colaboradores) o si realmente no es necesario todo esto. En resumen, queremos conseguir un formato similar al que llevan acabo entidades como Cruz Roja, pero que la administración de la asociación la mantengan los socios fundadores y aquellos que vayan entrando para llevar a cabo trabajo activo dentro de la asociación.
Muchas gracias de antemano.
Javier
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Hola María, si , no hay problema, podéis alargaros un poco más de la extensión. Por favor avisadnos cuando lo escribáis con el nombre de l@s dos alumn@s. Gracias
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Hola Javier
gracias por las preguntas, son muchas, te respondo brevemente cada una en orden:
– Si no llegas al 100% del crowfunding: en este caso no hay ningún tipo de transacción monetaria y los compromisos de aportación de los mecenas quedan anulados. No se cobrará nada, ni al autor ni a los mecenas, y el autor no tendrá que cumplir con los compromisos que ofrecía en las recompensas de la campaña.
– En el caso del 20% restante, depende de la convocatoria que estés mirando: o lo cubres con fondos propios (lo más habitual) o con el complemento de otras ayudas (si la convocatoria lo permite).
– Hay mucha tipología de ayudas, desde ayudas individuales a autónomos o constitución de empresas hasta subvenciones a entidades no lucrativas. Por ejemplo, hay unas ayudas de Erasmus+ para un grupo de jóvenes incluso sin necesidad de asociarse que financian proyectos de todos los ámbitos.
– El pago de personal se justifica con nóminas y seguros sociales e IRPF. Tienen que estar dados de alta aquellos trabajadores de los que vaya a justificarse un determinado importe. Normalmente es por cuenta propia como debe justificarse, ya que las convocatorias de ayudas no perciben que los autónomos sean parte del personal de la entidad, considerándose casi siempre personal externo. Y si, se pueden contratar a los miembros de la junta directiva, pero no cobrar por el hecho de formar parte de la junta directiva o como “presidente” o “secretario”, esos cargos deben ser gratuitos. Sino porque realizan funciones dentro de la asociación. Previa a la contratación, se debe aprobar en asamblea ordinaria o extraordinaria la contratación de personal que es a la vez miembro de la junta directiva.
– Esta pregunta es la pregunta del millón que se hacen diariamente cientos de asociaciones en España. Y está relacionada con la respuesta anterior. La clave es que debéis primero generar ingresos para asegurar los gastos de personal. Sin ingresos no puede haber gastos.
– Tienes los webinars y cursos aquí: https://www.cursosyeseuropa.com/cursos-gestion-cultural/ Y repasa también los posts del blog.
– Si tenéis pensado actuar en otras provincias, lo aconsejable es registraros en el registro de asociaciones de ámbito nacional. Podéis figurar en otros registros y abrir diferentes sedes si fuera necesario.
Gracias a ti por las preguntas tan certeras!
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Hola Javier,
Me parece una buena idea, pero veo un posible conflicto en la palabra “socio colaborador”. En el momento que pagan una cuota y se les llama socios, tienen derecho a voz y voto en las asambleas de la asociación, por lo que elegiría otro tipo de figura o nomenclatura para no ir en contra de la ley de funcionamiento de asociaciones.
La línea es muy fina y si queréis mantener el control los que sois los fundadores, debéis tener cuidado con llamar socios a quienes simplemente pagan una cuota para recibir servicios.
espero haberte respondido.
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Gracias!
Otra cuestión. He ido a buscar las OID como dice Nino en el vídeo…He buscando mi Organización y he visto que aparece un letrero en naranja que dice “Esperando confirmación”.
¿Confirmación de qué?
Yo tengo acceso con mis datos a mis proyectos…